Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas
Bancarias y Otras Operatorias. Operaciones de sujetos adheridos al
Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Resolución
General Nº 1135. Norma modificatoria.
Bs. As., 16/9/2002
VISTO el Decreto Nº 380 de fecha 29 de marzo de 2001 y
sus modificaciones, y la Resolución General Nº 1135, su modificatoria y
complementaria, y
CONSIDERANDO:
Que el primer párrafo del artículo 7º del decreto del
visto, establece una alícuota reducida para aquellos contribuyentes del
impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras
operatorias, que se encuentren exentos en los impuestos a las ganancias y
al valor agregado.
Que sin perjuicio de que los sujetos adheridos al
Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) se encuentran
exentos en los impuestos citados en el considerando anterior, ello no
obsta a que se encuentren obligados a determinar e ingresar el impuesto a
las ganancias cuando efectúen determinadas operaciones.
Que cuando se presente la situación del considerando
precedente, corresponde la aplicación de la alícuota general del
impuesto a dichos sujetos.
Que a fin de facilitar a los agentes de percepción la
identificación de los responsables a los cuales corresponda la alícuota
reducida, procede instituir un modelo de declaración jurada a cargo de
los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (RS), en la cual manifiesten que la totalidad de sus
operaciones se encuentran exentas o no alcanzadas por el impuesto al
valor agregado y que son sujetos exentos del impuesto a las ganancias.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 25.413 y sus
modificaciones, y por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de
julio de 1997 y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 1135, su modificatoria y complementaria, en la forma que se indica a continuación:
a) Incorpórase como segundo párrafo del artículo 38 el siguiente:
"Se encuentran alcanzados por la obligación
instituida en el párrafo anterior y a los mismos efectos, los sujetos
adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a
los cuales les resulte aplicable la reducción de alícuota que autoriza
el primer párrafo del citado artículo 7º, en cuyo caso deberán presentar
una nota con carácter de declaración jurada, conforme al modelo que se
indica en el Anexo IX de la presente.".
b) Incorpórase el modelo de nota contenido en el
anexo de la presente, que como Anexo IX, pasará a formar parte de la
Resolución General 1135, su modificatoria y complementaria.
Art. 2º — Apruébase el Anexo IX de la Resolución General Nº 1135, su modificatoria y complementaria.
Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad
ANEXO IX - RESOLUCION GENERAL
Nº 1135
(TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL
Nº 1343)
MODELO DE NOTA PARA REDUCCION
DE ALICUOTA
—SUJETOS ADHERIDOS AL REGIMEN
SIMPLIFICADO—
Buenos Aires, de 20..
SEÑORES:
........(1)
S / D
De mi mayor consideración:
Declaro bajo juramento que ............................................................................. (2),
Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.)
.........................................., se encuentra exento/a del
impuesto a las ganancias y tiene exenta o no alcanzada por el impuesto
al valor agregado la totalidad de las operaciones que realiza, por lo
que cuenta con el beneficio de reducción de alícuota en el impuesto
sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras operatorias,
conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo 7º del Anexo
del Decreto Nº 380/01 y sus modificatorios o de la Ley Nº 25.413 y su
modificatoria.
Por la presente y bajo mi exclusiva responsabilidad
me comprometo a comunicar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de
ocurrida, cualquier modificación que pueda producirse respecto de la
información señalada.
Me doy por notificado que esta declaración jurada
queda en poder de la entidad financiera para ser puesta a disposición de
la Administración Federal de Ingresos Públicos en caso de requerirla
dicho organismo.
Asimismo, afirmo que los datos consignados en la
presente nota, son correctos y completos y que esta declaración se ha
confeccionado sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener,
siendo fiel expresión de la verdad.
Apellido y nombres del Responsable
Carácter que reviste (3)
CUIT, CUIL, CDI
(1) Denominación o razón social, domicilio y sucursal de la entidad financiera.
(2) Consignar según quien sea el
monotributista: "el abajo suscrito" y/o la denominación o razón social
de la empresa comprendida en el régimen, seguida de la Clave Unica de
Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
(3) Titular, Presidente, Director u otro responsable.